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Dapre defiende contrato de asesoría para gestionar sanciones financieras internacionales

Aseguró que contratación de firmas en EE. UU. busca prevenir riesgos de la OFAC y salvaguardar la reputación del país.

El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre), aclaró, a través de un comunicado de prensa, que la contratación reciente de servicios especializados en materia de sanciones financieras internacionales "no constituye un hecho excepcional ni responde a intereses personales, sino que se inscribe en una práctica histórica, legítima y sostenida del Estado colombiano para la defensa de sus intereses estratégicos en el escenario internacional".

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Los registros oficiales del Departamento de Justicia de los Estados Unidos (FARA Database), así como los archivos institucionales del Dapre, evidencian, según la entidad, "que desde 1938 el Estado colombiano ha recurrido, de manera regular y transparente, a firmas especializadas en los Estados Unidos, a través de distintos gobiernos y entidades, con el propósito de fortalecer su interlocución internacional, prevenir riesgos financieros y salvaguardar su reputación y estabilidad institucional. Esta práctica se mantuvo durante las administraciones de los expresidentes Álvaro Uribe Vélez, Juan Manuel Santos e Iván Duque Márquez".

En ese mismo marco institucional se inscribe la contratación actual. "El contrato no tiene como objeto la defensa personal del Presidente de la República ni de ningún funcionario o particular, sino el fortalecimiento de la capacidad del Estado colombiano para analizar, anticipar y gestionar riesgos derivados de regímenes internacionales de sanciones financieras, cuyos efectos pueden impactar de manera grave y transversal al país en su conjunto".

Las medidas adoptadas por autoridades extranjeras como la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) "no corresponden a procesos penales ni judiciales, sino a decisiones administrativas de carácter financiero que, de no ser abordadas con rigor técnico y oportunidad, pueden afectar el sistema financiero, las relaciones internacionales y la confianza en el Estado colombiano".

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Asimismo, aseguró que "la modalidad de contratación utilizada está plenamente autorizada por el ordenamiento jurídico colombiano, se encuentra debidamente justificada en los estudios previos y responde a la inexistencia de una oferta nacional con experiencia equivalente en esta materia altamente especializada".

Añadió que "el valor del contrato es razonable y proporcional frente a los riesgos institucionales, financieros y reputacionales que se busca prevenir, y está sujeto a controles estrictos, productos verificables y supervisión permanente".

Finalmente, el Dapre rechazó "las interpretaciones que presentan esta contratación como una anomalía o un privilegio. Los hechos demuestran que se trata de una decisión responsable, institucional y coherente con la historia del Estado colombiano. Proteger al país frente a riesgos internacionales no es una opción política, sino un deber ineludible de la administración pública".

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